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Delito de acoso: definición, penas y tipos según el Código Penal

El delito de acoso es una de las conductas que más ha evolucionado en los últimos años dentro del Derecho Penal español. La sociedad ha tomado mayor conciencia sobre sus efectos, y el Código Penal ha incorporado nuevas modalidades para dar respuesta a situaciones de acoso entre particulares, en el ámbito laboral, en el vecindario o con connotación sexual.

Comprender qué se considera acoso, qué penas puede conllevar y cómo se diferencia de otras figuras como las amenazas o las coacciones es fundamental para cualquier persona que pueda verse afectada por esta conducta, ya sea como víctima o como investigado.

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¿Qué se considera delito de acoso?

El delito de acoso está regulado en el artículo 172 ter del Código Penal. La ley castiga a quien, de forma insistente o reiterada, y sin estar legítimamente autorizado, lleve a cabo actos que alteren gravemente la libertad y la vida cotidiana de otra persona.

Para que exista delito, deben concurrir estos elementos:

  • Conducta reiterada: no basta un hecho aislado.

  • Finalidad o efecto de hostigar, vigilar o perseguir a otra persona.

  • Afectación real a la libertad, tranquilidad o seguridad de la víctima.

  • Ausencia de consentimiento o autorización.

Son ejemplos comunes: seguimientos constantes, vigilancia, llamadas o mensajes insistentes, presencia repetida en lugares frecuentados por la víctima o cualquier comportamiento invasivo continuado.

Penas del delito de acoso

El delito de acoso se sanciona con pena de prisión de 3 meses a 2 años o multa de 6 a 24 meses.

La gravedad de la pena dependerá del contexto y del daño causado. El Código Penal contempla agravaciones cuando la víctima es especialmente vulnerable, cuando existe relación afectiva previa o cuando los hechos se producen en el marco de violencia de género o doméstica.

Si las conductas incluyen amenazas, injurias o daños, estas pueden sumarse como delitos independientes.

Delito de acoso en el Código Penal: modalidades

La expresión “delito de acoso Código Penal” suele utilizarse para englobar todas las conductas que pueden encajar en el artículo 172 ter. Sin embargo, las leyes diferencian varios supuestos dentro de esta figura, adaptándose a los distintos contextos en los que puede producirse el hostigamiento.

Las principales modalidades son:

1. Acoso personal o “stalking”

Es la forma más habitual. La persona acosadora persigue, vigila o asedia de forma continuada a la víctima, alterando su vida diaria. Puede incluir:

  • Apariciones constantes en su domicilio o trabajo

  • Llamadas, mensajes o correos insistentes

  • Seguimientos por la calle

  • Espionaje o vigilancia

Este tipo de acoso suele aparecer tras una ruptura sentimental, conflictos familiares o problemas interpersonales.

2. Acoso relacionado con la vivienda: el acoso vecinal

El delito de acoso vecinal es cada vez más frecuente. Surge cuando un vecino realiza conductas reiteradas para perturbar la vida de otro, como:

  • Ruidos constantes intencionados

  • Daños a la propiedad

  • Vigilancia, insultos o amenazas continuadas

  • Provocaciones reiteradas en zonas comunes

Si estas acciones afectan gravemente la libertad o tranquilidad del vecino, pueden constituir delito.

3. Acoso en contextos de violencia de género o doméstica

Cuando el acosador es la pareja o expareja de la víctima, puede aplicarse además la legislación específica en materia de violencia de género o doméstica, lo que implica penas más elevadas y medidas de protección.

El delito de acoso sexual

Aunque a menudo se confunden, el delito de acoso sexual se regula de forma diferente en el Código Penal (art. 184). Se castiga a quien solicita favores sexuales, para sí o para un tercero, en un contexto laboral, docente o de jerarquía, provocando una situación intimidatoria, hostil o humillante.

A diferencia del acoso general del artículo 172 ter, el acoso sexual:

  • Requiere un contenido sexual explícito o implícito.

  • No necesita reiteración, aunque sí una situación de dominación o abuso de superioridad.

  • Está especialmente vinculado a entornos profesionales o formativos.

Dependiendo de la gravedad, puede castigarse con penas de prisión de 3 meses a 2 años o multa de 6 a 12 meses.

Diferencias entre acoso, amenazas y coacciones

Es habitual confundir el delito de acoso con otros delitos como:

  • Amenazas: cuando se anuncia a la víctima un mal grave y futuro.

  • Coacciones: cuando se obliga a alguien, con violencia o intimidación, a hacer algo contra su voluntad.

  • Injurias: cuando se ataca la dignidad de otra persona mediante ofensas.

El acoso, en cambio, se caracteriza por la persistencia, incluso sin amenazas directas. El elemento clave es la alteración de la vida habitual de la víctima.

¿Qué hacer si eres víctima de acoso?

Si una persona cree estar sufriendo acoso, lo recomendable es:

  1. Recopilar pruebas: mensajes, vídeos, testimonios, grabaciones o informes médicos.

     

  2. Denunciar en comisaría o juzgado.

     

  3. Solicitar medidas cautelares como:

     

    • Órdenes de alejamiento

       

    • Prohibición de comunicación

       

    • Protección policial

       

  4. Acudir a un abogado especialista para recibir orientación jurídica.

     

Cuanto más documentados estén los hechos, mayor protección se puede obtener y más sólida será la denuncia.

Importancia del asesoramiento jurídico

El acoso —en cualquiera de sus modalidades— es un delito complejo que requiere analizar contexto, pruebas y afectación real a la víctima. Por ello, es fundamental contar con apoyo profesional desde el inicio.

Puedes solicitar información o apoyo a un abogado de familia si el acoso se produce en el ámbito doméstico, sentimental o vecinal, dado que muchas de estas conductas se entrelazan con conflictos familiares o de convivencia.

Un delito que protege la libertad y tranquilidad personal

El delito de acoso no solo castiga conductas insistentes o molestas: protege un derecho fundamental, el de vivir con tranquilidad, libertad y seguridad. Tanto si una persona es víctima como si ha sido denunciada, comprender cómo funciona esta figura penal es esencial para defender sus derechos con garantías.

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